18 de Abril de 2024 - 13:41

Aseguradoras en riesgo: Escudo fue disuelta, Boston y Caledonia inhibidas y no pueden realizar nuevos contratos

Tanto la Justicia, como la Superintendencia de Seguros de la Nación, siguen ordenando el panorama del sector. Escudo ya fue disuelta por orden de un juzgado; en tanto que la autoridad de aplicación le prohibió a Boston disponer de sus inversiones; y a Caledonia celebrar nuevos contratos. En general, son medidas que ubican a una compañía cerca del cierre o del traspaso accionario. 

 

Por Antonio D’Eramo

En medio de los escándalos por los seguros durante la administración de Alberto Fernández la Justicia terminó con las aspiraciones de Escudos Seguros para continuar operando en el mercado asegurador y decretó su disolución.

Numerosas irregularidades detectadas por el organismo rector del rubro, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) y, luego de numerosas sanciones millonarias de parte del organismo estatal, el juzgado interviniente dictaminó la “disolución de la sociedad y su liquidación por la autoridad de control” de Escudo Seguros, conllevando a la liquidación de sus activos.

La resolución dictada por el juez titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 8, Secretaría N° 16, Francisco Javier Cosentino, en autos “Escudo Seguros” S.A. le solicita la quiebra Puente, Ricardo Antonio y otros”, declarando la disolución de la mencionada entidad y disponiendo su inhibición general de bienes. Asimismo, el magistrado requirió a la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) “para que en el plazo de diez días se expida respecto de la forma en que llevará adelante la liquidación de la sociedad aquí disuelta”.

 

Boston y Caledonia, en la cuerda floja

 

La situación de Boston Seguros la pone al borde de repetir la situación de Escudo. La SSN le prohibió celebrar nuevos contratos, lo que usualmente genera en el mercado asegurador, una salida en estampida de los productores hacia otras empresas.

En el caso de Boston primero se resolvió la inhibición general de bienes publicada en el Boletín Oficial el 21 de marzo, y las causas fueron por “…la demora en el cumplimiento de sus obligaciones de pago de montos de condenas derivados de sentencias judiciales firmes, con afectación -en algunos casos- del patrimonio de sus propios asegurados; así́ como también por registrar cheques rechazados por falta de fondos y pedidos de quiebra en el marco de la Justicia Nacional en lo Comercial”.

Además, se registraron otros casos de incumplimientos de pagos de acuerdos homologados y sentencias judiciales firmes e incumplimientos en el pago de los siniestros con sus asegurados. En el gremio del rubro que conduce Jorge Sola se había alertado en reiteradas ocasiones por la situación en las dos compañías con el perjuicio que conlleva todos estos reveses en el ámbito laboral.

Posteriormente, a la medida inhibitoria de bienes, la SSN resolvió bajarle la posibilidad de emitir nuevos contratos de seguro, dado su “patrón de incumplimiento reiterado, recurrente y prolongado en el tiempo”. Una situación análoga se adoptó en el caso de Caledonia Seguros. A la inhibición (Res. SSN 156/2024) siguió la prohibición de emitir nuevos contratos de seguro.

 El 22 de marzo pasado recibieron la inhibición que fue adoptada por registrar demoras en los cumplimientos de sus obligaciones de pago por montos de condenas derivados de sentencias judiciales firmes, con afectación, en un caso de un particular, del patrimonio de un asegurado. Así́ como también por registrar pedidos de quiebra en el marco de la Justicia Nacional en lo Comercial.

Tras ello, los funcionarios de la SSN verificaron nuevos casos de incumplimientos de pagos de sentencias judiciales firmes, honorarios y acuerdos homologados. A eso se suma que Caledonia Seguros presenta una clasificación de "Deudor Irrecuperable" en la Central de Deudores del Sistema Financiero del BCRA.

“Las evidencias recolectadas en el marco de las presentes actuaciones exteriorizan un patrón de incumplimiento reiterado, recurrente y prolongado en el tiempo, que impone adoptar un criterio de extrema prudencia y ampliar la medida oportunamente dictada, prohibiéndole a la entidad emitir nuevos contratos de seguro”, argumentaron los voceros de la Superintendencia.

 

 

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