El ministro de Minería sanjuanino propuso que "las DIA sean difundidas por las empresas" y generó preocupación por las consecuenciales legales
Las recientes declaraciones recientes del ministro de Minería de San Juan, Juan Pablo Perea Fontiveros, han encendido las alarmas en la provincia y más allá. Su afirmación de que "las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) deben ser comunicadas por cada empresa" revelan desconocimiento de las obligaciones del Estado, y además tales acciones podrían configurarse como una conducta pasible de sanción judicial.
Los sanjuaninos en general, y particularmente los trabajadores de carrera del Estado provincial, están sorprendidos. "Pensamos que (Sergio) Uñac -en referencia al gobernador anterior- era el máximo de desprolijidad y desfachatez que podíamos ver, lamentablemente nos equivocamos", afirma un profesional del Ministerio de Minería. Esta opinión, generalizada en la administración sanjuanina, la brinda tras las sorpresivas declaraciones del ministro del área, Juan Pablo Perea, quien sostuvo que las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) de cada explotación minera debe ser difundidas por las empresas, y no por el Estado provincial.
Las DIA son nada menos que la garantía de que cada emprendimiento minero no destruirá el medio ambiente para las futuras generaciones, y para las actuales también, pues regulan -por ejemplo- que no se use el agua de ríos que son fundamentales para que la población abra sus canillas y salga agua potable. A través de diferentes notas, Minuto de Cierre detalló que las DIAs son otorgadas con liviandad (https://www.minutodecierre.com/nota/2024-12-3-10-46-0-los-casos-de-hualilan-y-los-azules-desatan-sospechas-de-un-supermercado-de-dias-en-el-ministerio-de-mineria-sanjuanino), tras el objetivo de buscar inversores. Aunque si éstos se informaran bien, una DIA mal otorgada es un permiso de exploración y/o explotación hoy, pero puede transformarse en un juicio mañana.
En este contexto, la declaración de Perea, si se transforma en realidad, podría encuadrarse en el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público (artículo 248 del Código Penal argentino), que sanciona a los funcionarios que no cumplan con las obligaciones legales inherentes a sus cargos. Además, su desentendimiento de la comunicación de las DIAs abre la puerta a potenciales investigaciones por omisión funcional y favorecimiento indebido a intereses privados, particularmente cuando se observa un patrón de irregularidades en la aprobación de proyectos mineros en la provincia.
Si bien la normativa ambiental establece que el Estado tiene la obligación de evaluar, aprobar y comunicar las DIAs, la delegación de esta responsabilidad a las empresas mina la confianza pública y favorece la opacidad. En un sector tan sensible como la minería, esta omisión podría ser considerada un acto deliberado para evitar el escrutinio público y reducir la exposición mediática de proyectos cuestionados.
Patrón de Irregularidades
Los casos de las minas Los Azules y Hualilán refuerzan la necesidad de una investigación exhaustiva. En el caso de Los Azules, la aprobación de la DIA, a pesar de su ubicación en una zona crítica de nacientes de agua, plantea serias dudas sobre la rigurosidad del proceso.
En cuanto a Hualilán, la ausencia de su oportuna publicación de la DIA, a pesar de que el proyecto ya está habilitado para operar, demuestra una preocupante falta de transparencia. Esta omisión no solo contradice las normativas vigentes, sino que también priva a las comunidades de información clave sobre los impactos potenciales del proyecto. Ambos casos reflejan un modus operandi que prioriza los intereses de las empresas sobre la protección ambiental y el acceso público a la información. Este patrón debe ser examinado judicialmente para determinar si responde a negligencia, corrupción o ambos.
Dado el contexto, la Justicia podría investigar tanto las declaraciones del ministro Perea como el conjunto de aprobaciones de DIAs en San Juan. La Fiscalía, los órganos de control ambiental y las organizaciones de la sociedad civil deben actuar como garantes de la transparencia, solicitando auditorías externas e investigaciones judiciales que esclarezcan posibles actos de corrupción o encubrimiento. En tal sentido, sería clave determinar si las declaraciones del ministro forman parte de un esquema sistemático para facilitar la aprobación de proyectos mineros al margen de la normativa ambiental.
La Obligación de Rendir Cuentas
El ministro Perea, como funcionario público, tiene el deber de rendir cuentas no solo ante la ciudadanía, sino también ante los tribunales. Su aparente desinterés en garantizar procesos transparentes y ajustados a derecho no solo pone en riesgo la sustentabilidad del sector minero, sino también la legitimidad del propio Estado como garante del bienestar colectivo.
En una provincia donde la minería es un pilar estratégico de la economía, la transparencia y el cumplimiento de la ley no son opcionales. El desdén por estas obligaciones no solo constituye una traición a la confianza pública, sino que además debe ser sancionado con el máximo rigor de la ley para garantizar que hechos similares no se repitan.
El caso del ministro Perea no es solo un episodio aislado; es un síntoma de un sistema que necesita ser revisado y fortalecido. La Justicia sanjuanina, generalmente oficialista, tiene con este caso la oportunidad de sentar un precedente contundente, enviando un mensaje claro: la irresponsabilidad, la negligencia y la corrupción no tienen cabida en la administración pública, especialmente en temas tan sensibles como la gestión ambiental.
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