20 de Febrero de 2020 - 09:51

El sindicato de los aduaneros cuestionó un fallo judicial: toma como prueba clave un documento “no oficial y desconocido”

Un documento de fuente anónima, que no es legal ni está certificado, fue tomado por el juez penal económico Marcelo Aguinsky para procesar a alrededor de 40 verificadores de la Aduana. La decisión forma parte de la llamada causa “Mafia de los Contenedores”, donde una denuncia realizada en 2016 contra el entonces titular de la Aduana, Juan José Gómez Centurión, lo impulsó al juez a investigar hacia atrás, y no los hechos ni el involucrado denunciados. Es el mismo juez que aparece mencionado en la causa de Dolores, que tiene preso a Marcelo D´alessio.

 

La causa “Mafia de los Contenedores” sigue dando sorpresas. Comenzó en 2016 como una investigación del Ministerio de Seguridad contra el entonces titular de la Aduana, Juan José Gómez Centurión, que estaba enfrentado con la ministra Patricia Bullrich. En esencia, se acusó a Gómez Centurión de pedir coimas a través Carlos Oldemar “Cuqui” Barreiro Laborda, con el fin de liberar contenedores que estaban retenidos en la Aduana.

De modo curioso, el juez penal económico en el cual recayó la causa –Marcelo Aguinsky- mantuvo preso a Barreiro Laborda, ni siquiera llamó a declarar a Gómez Centurión, y consideró que para entender el mecanismo inaugurado por el titular de la Aduana en la Era Macri … había que investigar el funcionamiento de la Aduana durante el kirchnerismo. En noviembre del año pasado, Aguinsky procesó y embargó a altos funcionarios de la Aduana previa al 2016. Mientras que le dictó falta de mérito a dos ex directores generales. 

Por otra parte, el juez dispuso procesar a alrededor de 40 verificadores de la Aduana basado en un documento anónimo que le hizo llegar un periodista, el mismo que presentó como "bomba" en 2016 que Oil Combustibles le debía a las AFIP $ 8.000 millones, y en 2019 una pericia judicial determinó que eran $ 2.200 millones, de los cuales la petrolera ya había pagado $ 1.600 millones. Ese periodista, que llamado a declarar por Oil Combustibles como testigo, balbuceó ante el tribunal (circuló un video por Whatsapp de ese hecho), presentó en el juzgado de Aguinsky un anónimo con algunos nombres de empresas y aduaneros que supuestamente habían recibido sumas de dinero de modo indebido.2

El anónimo circuló por varias fiscalías, hasta que llegó a la de Gabriela Ruiz Morales, que decidió agregar el anónimo a la Causa "Mafia de los Contenedores", y utilizaron como prueba un supuesto documento de seguridad de carga (llamado BAPLIE), que en la jerga del comercio exterior es llamado plano de carga  electrónico. Lo de supuesto porque es porque en realidad se trata de una planilla de Excel, y además no es considerado documento oficial en ninguna Aduana del mundo. Algo así como la comanda de un restaurante, que no es la factura registrada por AFIP.

Con el anónimo y el BAPLIE como pruebas, el juez Aguinsky citó -en junio del 2018- a declaración testimonial a Ricardo Horacio Ferreirra, que fue subgerente de Operaciones de la Administración General de Puertos (AGP) hasta el año 2016. Ferreira declaró que el BAPLIE para él es palabra santa, es decir, más importante que el Manifiesto General de Cargas que firma cada capitán de buque, más importante también que las presentaciones oficiales que realizan los agentes maritimos y de carga ante las autoridades de aduaneras y terminales de carga. Según fuentes consultadas, que leyeron tanto la declaración de Ferreyra como el fallo de Aguinsky, es llamativo que el testimonio haya sido considerado tan importante por el juez, considerando que Ferrerira, desde su trabajo en la AGP, nunca controló a las terminales de carga que hacían presentaciones que diferían con los BAPLIE, como tampoco realizó denuncias por discrepancias.

Además, el BAPLIE considerado prueba fundamental por Aguinsky tiene algunas inconsistencias que podría divisar un estudiante de abogacía o comercio exterior. Por ejemplo, aparecen 200 contenedores en el mismo barco con exactamente el mismo peso. “Es como sacarse 200 veces la lotería”, explica un aduanero que conoce la causa. Además, la tara (peso del contenedor vacio) registrada en dicha planilla es inferior a la del peso total del ingreso en Argentina, algo prácticamente imposible por los cambios que pueden experimentar –aunque sean mínimos- la mercadería y su embalaje durante el viaje.

El sindicato reacciona, esperanzado con la segunda instancia

Tras el estupor inicial por el fallo, el cambio de gobierno, y algunos meses de silencio, el Sindicato Único del Personal Aduanero de la República Argentina (SUPARA) consideró que debía expresarse formalmente. Lo hizo a través de una carta firmada por su secretario general, Carlos Sueiro, dirigida a la titular de la Aduana, Silvia Traverso, del 12 de febrero último.

Entre los motivos no escritos de la carta, se cuentan dos tan extraoficiales como indicativos. Por un lado, ante consultas con abogados de experiencia en el fuero penal económico, se consideró al fallo como injusto y arbitrario. Además, llamó la atención que Aguinsky procesara verificadores de distintas aduanas, menos de una donde suelen tener la cortesía del “upgrade” gratuito con él y su familia: paga pasaje económico y viaja en Primera Clase.

La carta del titular del SUPARA, Carlos Sueiro, a la titular de la Aduana, Silvia Traverso, dice lo siguiente

-"La modalidad de trabajo como la documentación que utiliza el personal aduanero para ejercer sus funciones y las tareas de control siguen siendo similares a las que fueron objeto de cuestionamiento judicial, por lo que el grado de seguridad laboral e incluso la libertad personal de los empleados se encuentra en un delicado estado de fragilidad”.

-“Causa honda preocupación en la comunidad aduanera la aparición en sede judicial de un nuevo documento denominado BAPLIE, instrumento no oficial y desconocido, que no integra la documentación exigida por normas aduaneras y al cual el magistrado le otorga una preponderancia probatoria determinante, en relación al “peso” de la mercadería, el que difiere sustancialmente con el declarado en la documentación única y oficial que reconoce la Aduana y con la cual cuentan para su tarea los funcionarios del organismo”.

-“Por otra parte, en los hechos investigados se le imponen tareas que a ese momento el personal aduanero no debía realizar”.

-“También cuestiona el magistrado la celeridad en el desaduanamiento de la mercadería, cuando esta práctica lejos de ser cuestionable es un objetivo institucional recomendado por la Organización Mundial de Comercio (OMC) y asumido como propio no sólo por el organismo sino por el anterior Gobierno Nacional”.

-“Entendemos prioritario que el organismo provea los lineamientos de cómo deben desenvolverse en su labor cotidiana todos sus agentes, más aún cuando la mentada resolución judicial no sólo pone en duda y tiende un manto de sospecha sobre la actual forma de trabajo, sino que criminaliza tales conductas poniendo en serio riesgo la seguridad laboral y lo que es más grave aún la libertad personal de los trabajadores”.

Nota Silvia T.pdf.PDF by minutodecierre.com on Scribd

 

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